De cara a la Reforma de
la Ley 431 o Ley para el régimen de circulación vehicular e infracciones de
tránsito, el Consejo Superior de la Empresa Privada COSEP, logró consenso con
la Policía Nacional para establecer cambios en la clasificación de ciertas
infracciones.
Según José Adán Aguerri
Presidente del COSEP, como parte del consenso se logró redefinir como Estado de
Embriaguez Liguera, al conductor que concentre
en su organismo cantidades de 0.5 a un gramo de alcohol por litro de sangre,
cuya multa seria de Un Mil córdobas.
El Líder Empresarial
también señaló que con esta iniciativa pretende proteger a la población
nicaragüense pues la mayoría de los accidentes son producto de conductores
ebrios.
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