El comunicado
expone además que todos los empleadores deberán entregar a sus colaboradores el
pago del décimo tercer mes durante los primeros 10 días del mes de diciembre, y en
caso de retraso pagarán una indemnización al trabajador.
Respecto al cálculo
para el pago del aguinaldo, el Código
del trabajo establece que cada empleador debe pagar a su colaborador un mes de
salario ordinario luego de un año de trabajo continuo, dicho año se cuenta del
primero de diciembre del año 2012 al 30 de noviembre de 2013, la suma a recibir
es el salario ordinario de un mes, mismo que incluye salario básico más
comisiones, incentivos y cualquier otra suma que devenga la persona trabajadora
de forma fija, expresa el Comunicado oficial del MITRAB.